CREACIÓN DEL
DESPACHO DEL VICEMINISTRO PARA LA SUPREMA FELICIDAD
SOCIAL DEL PUEBLO
GRUPO Nº 5
Participantes:
Ada Ortega Zamora
C.I. 5.487.239
Nelly Berrios Pérez
C.I. 7.817.624
Mediante
Decreto Nº 506 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela Nº 40.280, de fecha 25 de octubre de 2013, reimpreso en Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.283, de fecha 30 de octubre de
2013, se crea el Despacho del Viceministro para la Suprema Felicidad Social del
Pueblo, dicha instancia está integrado a la estructura
organizativa del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y
Seguimiento de la Gestión del Gobierno; bajo la conducción del Lic. Rafael
Ríos.
El Despacho fue creado
por la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, con el objeto de
articulación e integración de las
políticas de prevención, protección, atención, recreación, inclusión social de
las familias, niños, niñas y adolescentes, las personas en situación de calle, adultos y adultas mayores, las personas con
discapacidad y en general todas aquellas personas que se encuentren en
condiciones de vulnerabilidad social.
A este
Despacho estarán adscritos los siguientes entes descentralizados: Instituto
autónomo "Consejo Nacional de Derechos del Niño, Niña y Adolescente" (IDENNA).
Fundaciones Nacionales como: "El Niño Simón"; " Niño
Jesús"; "Negra Hipólita"; José Félix Rivas; " José Gregorio
Hernández",y la Fundación Nacional para las Personas con Discapacidad
(CONAPDIS); asimismo el Instituto Autónomo de los Servicios Sociales (INASS).
El
Despacho para la Suprema Felicidad contará con el apoyo institucional del
Vicepresidente Ejecutivo, el segundo (a) Vicepresidente (a) del Consejo de Ministros
para el Área Social, los Ministros del
Poder Popular de Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión
de Gobierno, Salud, las Comunas y Protección Social, Educación, Educación Universitaria,
Cultura, Deporte, Alimentación, Trabajo y la Seguridad Social, Pueblos
Indígenas, para la Mujer e Igualdad de Género, Juventud, Relaciones Interiores,
Justicia y Paz, Ambiente.
El Despacho deberá
contar con una plataforma tecnológica que contenga los registros y la base de
datos existentes que sirva para la planificación, seguimiento y evaluación
tanto de los sujetos objeto de atención como la efectividad de los programas
sociales.
Corresponde la ejecución
del presente Decreto Nº 506 a este Ministerio del Poder Popular del Despacho de
la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno; Planificación y
Finanzas.
En la reimpresión del 30 de octubre de 2013, se
suprime del artículo 5 relativo a los entes adscritos la
Fundación Misión Cultura. En el
artículo 7 atinente a la Organización, se mantiene “Misión Cultura”
sustituyendo la Fundación “Misión Cultura” por Fundación “Musical Simón
Bolívar”.
Fuente:
Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela Nº 40.280, de fecha 25 de octubre de 2013, reimpreso
en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.283, de fecha
30 de octubre de 2013.
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